San Juan del Río, Qro., Julio 30 del 2020.- La Defensoría de los Derechos Humanos de Querétaro (DDHQ), a través de su titular Roxana de Jesús Ávalos Vázquez emitió la recomendación (239) 2/2020 con relación al homicidio de una mujer en el vecino municipio de Tequisquiapan el pasado 22 de junio del 2019, donde se refiere que había solicitado apoyo tanto al Instituto Queretano de la Mujer, como de los Institutos Municipales de la Mujer de San Juan del Río y Tequisquiapan, así como a la Fiscalía General del estado de Querétaro por violaciones a los derechos humanos a la legalidad, seguridad jurídica, trato digno, vida y derecho de la mujer a una vida libre de violencia.
Todo ello, al constatar que la mujer agredida a balazos y quien perdió la vida, en reiteradas ocasiones solicitó apoyo a dichas instancias de gobierno al temer por su vida, sin embargo, en el transcurso de los hechos investigados y corroborados, ninguna de las mismas, realizaron un trabajo positivo hacia ella, dejando en indefensión a una menor de edad que la acompañaba en el momento de la agresión.
La queja presentada el año anterior con número, DDH/339/2019, familiares de la occisa presentan medios de pruebas de cómo solicitó apoyo a diversas instancias pero ninguna hizo caso, para ello desde el 26 de abril 2019 la mujer solicitó primeramente apoyo ante la oficina de Atención Ciudadana del Gobernador, siendo canalizada al Instituto Queretano de la Mujer, sin embargo, ahí fue atendida y canalizada a la Fiscalía General del estado de Querétaro.
Posteriormente, el 15 de julio del 2019, acudió al Instituto Municipal de la Mujer en el municipio de San Juan del Río, para ser atendida, donde la titular de este instituto a través del oficio IMM/249/D/2019, no reconoce haber atendido el caso, sin embargo existe con igual fecha un documental donde se menciona que fue atendida y al exponer el caso solicitó apoyo para conocer el motivo por el cual no se había investigado el robo que sufrió en su casa habitación, siendo que el propio padre de su hija fue el autor material del hecho. Por tal motivo al tener residencia en el municipio de Tequisquiapan, es remitida a dicha instancia.
En esta institución fue atendida según el oficio IMM/063/2019, donde la entrevistadora anotó que pudo observar que esta persona mostró signos de violencia psicológica y económica.
Todas las instancias anteriores negaron en un principio, haber realizado alguna acción violatoria a los derechos humanos de la mujer, sin embargo, al continuar con la investigación la Defensoría de los Derechos Humanos de Querétaro, decretó lo contrario.
En el caso de la Fiscalía General del estado de Querétaro, se encontraron las diversas denuncias levantadas por la víctima, situación que fue analizada tanto en los municipios de San Juan del Río como Tequisquiapan. Por otra parte, en el Instituto Municipal de la Mujer de San Juan del Río, era usuaria desde el año 24 de octubre del 2016, y en esa misma fecha también se vuelve usuaria del Instituto Municipal de Tequisquiapan.
A partir del 07 de agosto del 2019, se envió un Visitador Adjunto Auxiliar a entrevistar a cada uno de los funcionarios que intervinieron en este caso, es así que realizaron 16 entrevistas culminando estas el 09 de septiembre del 2019, dejando en claro, que dichas instancias conocían de la preocupación de la mujer por la forma de actuar de su expareja quien en varias ocasiones la amenazó de muerte y quien lo denunció en repetidas ocasiones ante dichas instancias.
Esto deriva que en el caso de los Institutos Municipales de la Mujer el estatal y los de San Juan del Río y Tequisquiapan, nunca realizaron una investigación a fondo, ni procuraron por la seguridad física tanto de la mujer como de la hija a pesar de que presentaba signos de violencia.
En el caso de la fiscalía, también existió una falta de omisión en brindar un seguimiento más puntual a las investigaciones respectivas desde la primera denuncia y no dar a la misma una igualdad de género, máxime ya contaba con antecedentes de violencia de su expareja.
Por ello, la Defensoría de los Derechos Humanos de Querétaro, dictaminó para dichas instancias que a pesar de contar con hechos tangibles de violencia, ninguna instancia brindó protección ni refugio provisional, además que únicamente fueron atenciones psicológicas y jurídicas de escritorio, canalizando siempre a otra instancia.
Las recomendaciones es inscribir a la mujer agredida en el Registro Estatal de Víctimas en un plazo máximo de 60 días naturales; en un plazo no mayor a los 90 días naturales realizar a la menor de edad una indemnización compensatoria teniendo en cuenta el sufrimiento sufrido por el acto de violencia que sufrió su progenitora; de igual forma; tendrán un plazo no mayor a 60 días naturales para publicar la recomendación emitida por la Defensoría de los Derechos Humanos de Querétaro de manera sintetizada.
Asimismo, garantizar en un plazo no mayor a los 60 días naturales el otorgamiento de una beca educativa para la menor de edad del presente nivel educativo hasta la culminación de estudios universitarios.
Para mejorar su situación emocional deberán en un plazo no mayor a los 60 días naturales el tratamiento psicológico especializado, garantizando la cobertura total de los gastos derivados de la misma.
Deberán presentar un proyecto dentro de su ámbito de sus competencias que incluya medidas legislativas, administrativas o de otra índole en un plazo no mayor a los 90 días naturales; así como iniciar una investigación interna con el propósito de iniciar los procedimientos de carácter administrativos conducentes a los servidores públicos que no cumplieron a cabalidad con los principios por violaciones a los derechos humanos a la legalidad, seguridad jurídica, trato digno, vida y derecho de la mujer a una vida libre de violencia.