jueves, marzo 28, 2024

Aprueban diputados reformas a Ley de Jubilaciones de trabajadores estatales

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*Santiago de Querétaro, Qro., 18 de febrero de 2021.- *En Sesión de Pleno de los diputados integrantes de la LIX Legislatura, se aprobó *Dictamen de la Iniciativa de Ley que reforma y deroga diversas disposiciones de la Ley de los Trabajadores del Estado de Querétaro y de la Ley Orgánica del Poder Legislativo.*

Entre las reformas aprobadas, se adicionó un párrafo al Artículo 126, con el objetivo de que en todo momento se respeten los convenios laborales, en los supuestos que favorezcan a los trabajadores.

Asimismo, se replanteó la necesidad de que ahora cada ente público se encargue de procesar sus solicitudes de pensiones y jubilaciones, reconociendo y otorgando los derechos correspondientes a los trabajadores que laboren en ellos, es decir, se deberá iniciar el trámite ante la Oficialía Mayor o su equivalente del ente público que corresponda.

Por otra parte, el trabajador tendrá derecho a que se le sigan cubriendo su salario y demás prestaciones durante el tiempo que transcurra para la autorización de la jubilación o pensión de que se trate, pero, el tiempo que dure el trámite de autorización de la jubilación o pensión por vejez no se computará para efectos de antigüedad del trabajador.

Los trabajadores al servicio del estado y municipios ahora tendrán derecho a la jubilación con treinta años de servicio. El monto mensual máximo de la jubilación posible será el equivalente a quinientas setenta y cinco veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización y la pensión mensual por vejez en ningún caso podrá ser inferior al salario mínimo vigente que corresponda en el momento de otorgar la pensión, ni superior a quinientas setenta y cinco veces el valor diario de la UMA.

Asimismo, se aprobaron los *Dictámenes de las Solicitudes de Jubilación a favor de las CC. Ma. Consuelo Rosillo Garfias y Celia Maya García, *toda vez que los legisladores consideraron que este derecho lo adquirieron bajo las reglas establecidas en el régimen normativo anterior a la reforma de la Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado, por lo que resulta viable la petición que realiza el Poder Judicial del Estado de Querétaro para conceder el mencionado derecho a las magistradas, por haber cubierto los requisitos que dicha ley establece, concediéndoseles la jubilación por la cantidad correspondiente al 100% del sueldo y quinquenios que venía percibiendo por el desempeño de su puesto, más las prestaciones que por derecho les corresponden.

La jubilación de la Ma. Consuelo Rosillo Garfias, quien el último cargo que desempeñó era el de Magistrada Propietaria adscrita a la Segunda Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia, asignándosele por este concepto, en forma vitalicia, la cantidad de 156 mil 255 pesos mensuales; y a Celia Maya García, quien el último cargo que desempeñara era el de Magistrada Propietaria adscrita a la Primera Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia, asignándosele por este concepto, en forma vitalicia, la cantidad de 157 mil 266 pesos mensuales.

Primera Sesion de Pleno 4 phixr
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