LA ELECCIÓN DEL TLATOANI EN 1375:
El rey Azteca era llamado Tlatoqui o Tlatoani (el orador). También se le designaba como Huaytlatoani o Tecpalcantecutli. Los Reyes de México, Texcoco y Tacuba formaban la Triple Alianza y eran nombrados por elección indirecta.
El sucesor debía pertenecer a la familia reinante por lo que los 11 Tlatoanis, desde Acamapichtli hasta Cuauhtémoc formaron parte de una monarquía unidinástica de origen divino al estar emparentados con Huitzilopochtli.
Debía cumplir con algunas cualidades o requisitos: Pertenecer a la casa real; ser varón; valiente y temperante; tener al menos 30 años de edad (si tenía una edad menor, se le nombraba un regente); también se elegían 4 consejeros que lo ayudarían en asuntos de gobierno; y junto al rey funcionaba una curia regis compuesta de 12 nombres.
Acamapichtli (Puñado de Cañas) marcó el inicio de una era como el primer tlatoani de los Mexicas, estableciendo las bases de lo que más tarde se conocería como el gran Imperio Azteca. Elegido en el año de 1375 hace 649 años, no sólo fue pionero en el linaje de gobernantes que forjarían una de las civilizaciones más poderosas de Mesoamérica, sino que también fue el arquitecto de estructuras políticas y sociales que perdurarían por siglos. Su ascenso al poder simboliza la consolidación de los Mexicas en la cuenca del Valle de México y su transición de un pueblo nómada a una sociedad sedentaria y dominante, su mandato culminó en el año 1395.
• ELECCIÓN DE LOS CALPULLEQUES
Los Calpullis eran barrios de gente conocida y linaje antiguo. Eran una unidad política, administrativa, económica, social, religiosa, militar, fiscal y cultural. En un principio había 4 Calpullis y llegaron a 20. La elección la realizaba un Consejo de Ancianos o “Tatas” y recaía en una persona de respeto y edad, cuyas funciones eran administrar cuidadosamente el barrio y distribuir las tierras.
• ÉPOCA DE LA NUEVA ESPAÑA
A la llegada de Hernán Cortés que venía huyendo de las amenazas del Gobernador Diego Velázquez al ser acusado como reo de alta traición a la corona, funda la Villa Rica de la Veracruz el 22 de abril de 1519 hace 505 años, con el objeto de establecer un Ayuntamiento para ostentar un título legal para la conquista sobre el Pueblo Azteca. El Ayuntamiento Indiano era considerado como un municipio, consejo, regimiento o cabildo.
Los vecinos se reunían a la salida de la misa mayor de los domingos para tratar asuntos comunitarios de interés general. A estas asambleas democráticas se les llamaba “Ante Iglesias” y contaban con la participación de hombres y mujeres, en donde se trataban temas como el uso de las tierras y aguas, el funcionamiento de mercados y mejoramiento de caminos.
Este modelo evolucionó hacia el nombramiento de delegados o representantes que constituyeron el Cabildo con regidores nombrados popularmente y logrando tener un gran poder, por lo que los Reyes Castellanos los intervinieron nombrando Regidores Reales Perpetuos, cuyos cargos eran vendidos al mejor postor e incluso transferible. Los cabildos tenían una duración de un año, renovándose cada 1 de enero.
Para evitar el nepotismo, se prohibió heredar los cargos de padres a hijos, hermanos, suegros, yernos o cuñados.
Se podía ocupar nuevamente el cargo pasados 3 años.
Las elecciones debían ser libres, sin la intervención del Virrey, el Gobernador o el Regidor.
Al paso de los años la elección se realizaba con 1 voto por los encomenderos y 1 voto por los moradores del lugar.
• ELECCIONES DEL CONGRESO CONSTITUYENTE 1822
Las elecciones constituyentes de México de 1822 se llevaron a cabo en febrero de 1822. Fueron las primeras elecciones en el país en el que se eligió al Congreso de la Unión. En ellas se eligieron los siguientes cargos de elección directa: 162 diputados federales. Miembros de la cámara del I Congreso Constituyente, por elección directa limitada a los varones, jefes de familia o propietarios
• ELECCIONES FEDERALES DE MÉXICO DE 1824
Las primeras elecciones federales de México de 1824 se llevaron a cabo en agosto de 1824 hace casi 200 años. Fueron las primeras elecciones en el país en el que se eligió a su nuevo gobernante mexicano.
En ellas se eligieron los siguientes cargos de elección indirecta: Presidente de la República. Jefe de Estado y de Gobierno, electo por un periodo de cuatro años (1825-1829), sin posibilidad de reelección inmediata, del cual tomaría posesión el 1 de abril de 1825. El candidato electo fue Guadalupe Victoria.
Vicepresidente de la República. Substituto constitucional del presidente, electo para el mismo periodo como el segundo candidato más votado para el cargo de presidente. El candidato electo fue Nicolás Bravo.
38 senadores. Miembros de la cámara alta del Congreso General, dos electos por mayoría absoluta por los congresos locales de cada estado para un periodo, por única ocasión, de cuatro años que conformó a partir del 1 de enero de 1825 el I Congreso Constitucional.
No obstante, el Congreso Constituyente cambió la fecha de posesión al 10 de octubre de 1824 por el fin del gobierno provisional.
• CONSTITUCIÓN DE 1857
En esta Nueva Constitución se reflejan cambios en el panorama electoral, estableciéndose:
El derecho de petición y asociación política.
El derecho a votar y ser votado a cargos de elección popular.
La calidad de ciudadano se obtenía al cumplir los 18 años, pero se debía ser mexicano y tener 25 años al menos para ejercer un cargo de elección y nos ser eclesiástico.
Desaparece la Cámara de Senadores y la figura de vicepresidente.
Se considera el sufragio universal e igualitario, pero dejando de lado a las mujeres, prohibiéndose su voto.
• EL VOTO FEMENINO
En México los primeros antecedentes exitosos del voto datan de 1923 en Yucatán, aunque hubo peticiones desde 1916. Yucatán reconoció el voto tanto municipal como estatal en 1923, con tres mujeres electas para diputadas al congreso estatal: Elvia Carrillo Puerto, Raquel Dzib y Beatriz Peniche Barrera; además Rosa Torre fue electa para regidora en el ayuntamiento de Mérida. Sin embargo, cuando el gobernador Felipe Carrillo Puerto murió asesinado en 1924, las cuatro tuvieron que dejar sus puestos.
En San Luis Potosí, las mujeres obtuvieron el derecho a participar en las elecciones municipales en 1924 y en las estatales en 1925 pero este derecho se perdió al año siguiente. En Chiapas, se reconoció el derecho a votar a las mujeres en 1925.
En 1937 Lázaro Cárdenas envió una iniciativa de reforma al artículo 34 de la Constitución, que permitiría votar a las mujeres. La iniciativa fue aprobada por ambas cámaras y por las legislaturas de los estados, sólo faltaba el cómputo y la declaratoria para su vigencia. Esta parte nunca se concluyó porque dentro del Partido Nacional Revolucionario, antecedente directo del PRI, se argumentó que el voto de las mujeres “podría verse influenciado por los curas”.
Diez años después, el 17 de febrero de 1947 durante la presidencia de Miguel Alemán se publicó en el Diario Oficial la reforma al artículo 115 de la Constitución que concedía a las mujeres el derecho de votar pero sólo en las elecciones municipales. Esta medida se consideró como un gran avance ya que les daba un lugar a las mujeres en la vida política del país aunque fuera uno muy restringido. En una de las primeras jornadas electorales en Chiapas a finales de ese mismo año, la mujer mexicana finalmente ejerció éste derecho.
El 4 de diciembre de 1952 –tres días después de la toma de posesión de Adolfo Ruiz Cortines, se solicitó concluir el trámite de la iniciativa presentada por Cárdenas en 1937. Pero el 9 de diciembre, el mismo presidente presentó su propia iniciativa de ley; y desde 1954 la mujer obtuvo el derecho a votar en todas las elecciones.
El 3 de julio de 1955 fue la primera vez que la mujer mexicana emite su voto en unas elecciones federales a fin de integrar la XLIII Legislatura del Congreso de la Unión.
En cuanto a las elecciones podemos recordar la participación de Autoridades electorales en el México insurgente e independiente (1812 – 1856); Autoridades electorales en la República liberal (1857- 1916); Autoridades electorales después de la revolución mexicana (1917- 1945); Autoridades electorales durante la federalización de la organización electoral (1946 – 1989); Autoridades electorales como organismos autónomos (1990 –1995) y Autoridades electorales a partir de 1996 hasta 2024.
Escribe: Heidy Wagner Laclette